Presentan recurso de queja contra resolución que ordena archivo del proceso contra ex alcaldesa de Paucartambo

8:39
Aída Conopuma Rivera, Encargada de la Procuraduría Pública Anticorrupción de Pasco, interpuso recurso de queja de derecho en contra la disposición No.04-2012-MP-FPCEDDCF-DJP, donde se declara que no procede formalizar ni continuar con la investigación preparatoria contra Rebeca Margarita Alania Suárez, ex alcaldesa del Municipio Distrital de Paucartambo y otros que resulten responsables por la presunta comisión del delito de Peculado, Colusión, Omisión, Rehusamiento y Demora de Actos Funcionales, Negociación Incompatible o Aprovechamiento Indebido del Cargo, Falsa Declaración, Falsificación de Documentos y falsedad Genérica en agravio del Estado y Municipalidad Distrital de Paucartambo.

Asimismo explicó que la resolución que ordena el archivamiento no tendría sustento valido; por lo que solicita que el auto sea elevado al superior jerárquico, a afecto que previo al análisis minucioso de los hechos y las pruebas fehacientes que obran en la investigación sean alzadas, instancia donde espera encontrar justicia como defensora de los intereses del Estado.

La municipalidad de Paucartambo, en el año 2010 ha ejecutado la obra “Rehabilitación del Camino Vecinal Chupaca, Liriopampa, Ranyac”, en dicho distrito, donde se ha requerido del servicio de 750 horas maquina de un camión volquete de 15m3, para lo cual, mediante requerimiento se lanzó la convocatoria del proceso de Adquisición Directa Selectiva por el monto de 52,500 nuevos soles para los servicios de alquiler del camión, registrándose las bases en el Seace, cuyo calendario fijaba para la calificación y otorgamiento de la pro el 21 de setiembre del 2010, pero un día antes el proceso fue postergado por falta de quórum.

Pero el comité especial sin calendario de actividades y sin nueva convocatoria el 25 de noviembre 2010 a horas 9 a.m. se reunieron e instalan el proceso declarando haberse presentado un solo postor, luego de de realizar el acta reapertura de sobres otorgaron la buen a pro al supuesto único postor Unión de Caleras S. G. R. L. quien en una declaración jurada dijo no tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado; faltando a la verdad, con el doloso propósito de favorecerse de la buena pro, cuando tenia vencido el Registro Nacional de Proveedores y estaba impedido para participar en el proceso de Adquisición Directa Selectiva, entre otras observaciones claras que no fuera correcto el proceso de licitación.

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1 comentarios:

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28 de febrero de 2012, 6:54 delete

Los comentarios subidos de tono y mal intensionandos seran eliminados.

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